Revista Galega de Administración Pública, EGAP

Núm. 61_enero-junio 2021 | pp. -515

Santiago de Compostela, 2021

https://doi.org/10.36402/regap.v0i61.4756

© Mercedes Fuertes López

ISSN-e: 1132-8371 | ISSN: 1132-8371

Recibido: 13/05/2021 | Aceptado: 16/06/2021

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Administración y doctrina de los actos propios. Incoherencias aplicativas

Mercedes Fuertes López

Catedrática de Derecho Administrativo

Universidad de León

https://orcid.org/0000-0002-3347-622X

mercedes.fuertes@unileon.es

BOTO ÁLVAREZ, A.: Administración y doctrina de los actos propios. Incoherencias aplicativas, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2021, 317 pp. ISBN: 978-84-1355-940-7.

Venire contra factum proprium non valet es un brocardo que apunta una sencilla coherencia en el comportamiento. No obstante, la profesora Alejandra Boto nos propone que la sigamos en un análisis sosegado a través de esta nueva monografía, cuya lectura recomiendo, a pesar de que sucesivas reformas normativas poco meditadas reclaman nuestra atención. Resulta más formativo asentar de manera sólida las figuras jurídicas y, sobre todo, advertir hasta qué punto son eficaces para facilitar las relaciones jurídicas o resolver conflictos existentes, máxime cuando los avances tecnológicos están abriendo nuevas puertas que dan a campos sembrados de muchos interrogantes. Contar con un firme conocimiento es lo que permite advertir los cambios necesarios de perspectivas e, incluso, de paradigmas. Hasta la tan atractiva “inteligencia artificial” aparece mencionada en este libro. Sin duda es necesario reflexionar ante las decisiones automatizadas y, sobre todo, a lo que realmente constituye esa “inteligencia artificial”, esto es, la que ofrecerá otras resoluciones distintas a las inicialmente programadas.

Pero, antes de quedar atrapados por las nuevas tecnologías, atendamos a este libro que constituye un buen ejemplo de reflexión jurídica y de madurez de pensamiento, una madurez que parte en su primera línea con el agradecimiento a su maestro, al profesor Leopoldo Tolivar. Es en la escucha, en el enriquecedor diálogo entre maestro y discípulo, donde surgen esas luces atractivas que llevan al inicio de nuevos estudios.

Los hitos que nos propone la autora para seguir su exposición están nítidamente señalados, lo que consigue que las sucesivas etapas de capítulos y epígrafes aparezcan como lógicas y la lectura sea ágil.

Ha de empezarse por las referencias clásicas del Digesto y de los glosadores, por la obra tan sustanciosa de la doctrina privatista, por las aportaciones que construyeron con rigor los publicistas, unos estudios que permiten a la autora, con su fino estilete, recordarnos lo esencial que ese brocardo alberga y explicar los matices con otras asociaciones de ideas que surgen, como son los tópicos, las máximas o las reglas. Con rigor jurídico separa y diferencia ese presupuesto de coherencia, de primera vinculación voluntaria que muestra ese venire contra con otras situaciones en las que hay que dilucidar sobre la torpeza o la buena fe. Del mismo modo, ha de diferenciarse de sólidos principios jurídicos, de cuya naturaleza carece, como la seguridad, la interdicción de la arbitrariedad, la protección de la confianza legítima… Y es que las relaciones jurídicas son ricas de ingredientes y perspectivas y no hay que reducirlas a la simplicidad de un brocardo latino.

Tras esas páginas consistentes, la excursión avanza por numerosas dependencias judiciales y administrativas. La reflexión no se hace únicamente bajo un flexo, como le gustaba recordar a Ramón Martín Mateo, sino que hay que mirar por la ventana y salir y observar a plena luz del día cómo se aplica el derecho, qué eficacia tiene tanta doctrina, en lo que siempre insiste otro gran maestro, Alejandro Nieto.

El concienzudo estudio de Alejandra Boto nos lleva a las altas instancias europeas. Primero nos acerca a Estrasburgo para conocer la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, llamándonos la atención sobre algunos votos particulares ciertamente ilustrativos. Luego nos traslada a Luxemburgo para resaltar la esgrima existente en el Tribunal de la Unión y los problemas de armonización del derecho europeo, un viaje que continúa con tres etapas enriquecedoras por el derecho inglés, francés e italiano, donde la invocación a fórmulas –no siempre similares– cuenta con peculiares matices.

Conocidas estas pautas de derecho comparado, la ruta se centra en el derecho español: ¿en qué casos se invoca este brocardo?, ¿encuentra acogida en nuestros tribunales de justicia? El análisis jurisprudencial es extenso. El catalejo de Alejandra va girando sobre un amplio mapa para que podamos conocer muchos ámbitos al repasar su invocación en diferentes actuaciones y procedimientos administrativos. Su exposición es fruto del gran trabajo realizado. Nos da noticia de las consecuencias reales ante su invocación en la discusión de sanciones administrativas, en el cuidado ambiental, en la disciplina urbanística, en las actuaciones de contratación, en la revisión de subvenciones... Páginas que muestran argumentaciones donde este brocardo concurre con apelaciones a la incoherencia, a la torpeza y errores, a la inseguridad, a la quiebra de la confianza, etc. Los abogados encontrarán numerosas pistas argumentales en este minucioso análisis.

Y el texto continúa. La autora no puede disimular su amplia curiosidad y notable ambición por saber. Una universitaria que quiere realmente profundizar en el estudio y no simplemente contar con otra publicación para rellenar un formulario ante la agencia de turno. Porque la actuación administrativa es rica en escenarios y en protagonistas. De ahí el interés mayúsculo de los siguientes capítulos, en los que resume sustanciosos dictámenes de órganos consultivos con precisiones sugerentes, ya que ha sido tradicionalmente en el análisis de la revisión de oficio donde algunos hemos alojado las explicaciones de este brocardo para facilitar el estudio al alumnado.

El interés de las decisiones de otros órganos encuentra acogida en el siguiente capítulo. En concreto, la posición que mantiene la Agencia Española de Protección de Datos ante los comportamientos privados que han consentido de manera previa; o las resoluciones de los órganos que resuelven los recursos especiales en materia de contratación con los comportamientos, por ejemplo, de las mesas o de los licitadores.

El libro concluye con unas reflexiones en las que la autora exhibe de nuevo su madurez jurídica al señalar los hitos más relevantes para facilitar una reconsideración de la utilidad práctica de este sencillo brocardo. En fin, un estudio coherente que corrobora que quienes ya desde hace años valoramos el trabajo de Alejandra Boto no nos veamos obligados a venire contra iudicium proprium.