Revista Galega de Administración Pública, EGAP

Núm. 63_enero-junio 2022 | pp. 283-286

Santiago de Compostela, 2022

https://doi.org/10.36402/regap.v1i63.4910

© María Dolores Fernández Uceda

ISSN-e: 1132-8371 | ISSN: 1132-8371

Recibido: 18/02/2022 | Aceptado: 14/07/2022

Editado bajo licencia Creative Commons Atribution 4.0 International License

Todo sobre el contrato menor

María Dolores Fernández Uceda

Licenciada en Derecho. Abogada en ejercicio

loluceda@hotmail.com

PINTOS SANTIAGO, J. (dir.): Todo sobre el contrato menor, 2.ª ed., Editorial El Consultor de los Ayuntamientos, Wolters Kluwer-La Ley, Madrid, 2020, 400 pp. ISBN: 978-84-7052-823-1. ISBN Digital: 978-84-7052-824-8.


Cuando el profesor Jaime PINTOS SANTIAGO me preguntó cuál de sus publicaciones quería que me regalase, sin duda elegí Todo sobre el contrato menor, dirigida y coescrita por él y editada por El Consultor de los Ayuntamientos, de Wolters Kluwer.

Aunque de lectura recomendable para todos los profesionales de la contratación pública, el manual pretende ser una herramienta práctica de trabajo para los órganos de contratación locales, los más próximos al ciudadano, facilitando la toma diaria de decisiones mediante el uso de una figura contractual que, pese a los cambios introducidos por la LCSP de 2017, no ha dejado de ser controvertida.

El libro recopila toda la información sobre el contrato menor, desde sus antecedentes normativos hasta su regulación actual, su tramitación y fiscalización, las particularidades de su régimen jurídico respecto a municipios de menos de 5.000 habitantes, y los distintos pronunciamientos interpretativos surgidos desde su nueva regulación, concluyendo con un completo y útil protocolo para su aplicación, gestión y control.

Redactado por autores con experiencia en el ámbito de la contratación pública, el manual consta de ocho capítulos, con cita de extensa bibliografía doctrinal y jurisprudencial, y concluye con una recopilación de informes y recomendaciones de las juntas consultivas de contratación pública estatal y autonómicas. Su estructura tiene el siguiente contenido:


CAPÍTULO I. Exordio al contrato menor y cuestiones dispares sobre el mismo. Coautores: Jaime Pintos Santiago y Julián de la Morena López, ex director de la Unidad de Contratación de la Universidad de Castilla-La Mancha.


CAPÍTULO II. Los cambios en la contratación menor introducidos por el Real decreto 3/2020, de 4 de febrero. Autor: Antonio Villanueva Cuevas. Prof. contratado doctor interino (TU acreditado) Universidad de Castilla-La Mancha.


CAPÍTULO III. Sobre la necesidad de una interpretación unánime y un uso eficiente del contrato menor. Autora: Beatriz Vázquez Fernández. Técnica de la Administración general en el Ayuntamiento de Langreo.


CAPÍTULO IV. Los contratos menores en las entidades locales inferiores a 5.000 habitantes. Autor: Vicente Furió Durán. Técnico de Administración en contratación pública local.


CAPÍTULO V. El contrato menor y sus distintas modalidades especiales. Autora: María de la Paz Garcés Carbonell. Jefa de Servicio del Área de Asistencia Técnica de las Cortes Valencianas.


CAPÍTULO VI. El todavía incierto futuro del contrato menor. Autora: Julia M.ª Pérez de Llano. Técnica jurídica en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo.


CAPÍTULO VII. Un procedimiento de utilización marginal y esporádica y como solución los sistemas de racionalización técnica. Autor: Juan Manuel Martínez Melero. Abogado. Asesor jurídico en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM).


CAPÍTULO VIII. Protocolo de tramitación de contratos menores. Autor: Jaime Pintos Santiago.


Si bien el contrato menor ha dado lugar a una prolija literatura en torno a su figura, estamos ante el primer manual que en España se ha dedicado a tratar de forma integral este tipo de contrato, facilitando incluso una herramienta para su aplicación, gestión y control. No otra conclusión puede extraerse de su contenido, que repaso brevemente a continuación.

El capítulo I, que completa su ilustración con dos tablas comparativas, una entre la regulación contenida en la LCSP de 2017 y la normativa precedente, y otra entre las dos principales corrientes interpretativas sobre la aplicación del artículo 118 de la LCSP de 2017, incluye referencias a la doctrina vinculante sobre la correcta interpretación de los contratos menores, a la desaparición del límite anual por contratista, a la necesidad de informe de insuficiencia de medios en los contratos menores de servicios, a la contratación conjunta de elaboración de proyecto y ejecución de las obras mediante contrato menor, a los contratos menores de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad, a la posibilidad de modificación de los contratos menores, y a los cambios operados en el contrato menor por el Real decreto-ley 8/2020 , de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

El capítulo II aborda los cambios operados en la regulación del contrato menor contenida en el artículo 118 de la LCSP de 2017 por el Real decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.

El capítulo III, con un intenso y extenso análisis de las diferentes interpretaciones del artículo 118 de la LCSP de 2017 por parte de las diferentes juntas consultivas, expone la utilización abusiva del contrato menor y plantea la necesidad de un uso racional de este, así como de un criterio interpretativo en torno a su figura.

El capítulo IV, con referencia a los antecedentes legislativos de los contratos menores y a la influencia del derecho comunitario en la contratación pública, se dedica a tratar con detalle las especialidades de los contratos menores en las entidades locales de menos de 5.000 habitantes, llamando la atención sobre su utilidad como herramienta de gestión, y dedicando un apartado específico a la fiscalización del contrato menor en la Administración local.

El capítulo V analiza el contrato menor, aludiendo a su carácter formal y a las exigencias de transparencia, así como cuatro modalidades de contratos menores: los contratos de servicios sanitarios de urgencia de importe inferior a 30.000 euros, el régimen de contratación para actividades docentes, la contratación de acceso a bases de datos y suscripciones a publicaciones y los contratos celebrados por los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. Además, introduce una interesante visión del procedimiento abierto “supersimplificado” como alternativa al contrato menor.

Esta última alternativa al contrato menor también es objeto de análisis en el capítulo VI, que destaca el carácter todavía incierto de la figura del contrato menor, con mención de sus antecedentes legislativos y el histórico uso abusivo del mismo mediante el fraccionamiento del objeto del contrato o la encadenación de contratos menores sucesivos, y analiza la posibilidad de aplicar el régimen de los contratos menores de las administraciones públicas a los poderes adjudicadores no Administración pública (PANAP).

El capítulo VII, con una perspectiva histórica del contrato menor en España, se pregunta de dónde venimos y hacia dónde vamos, y lo relaciona con otros procedimientos de contratación, así como con las figuras de racionalización técnica de la contratación: el acuerdo marco y los sistemas dinámicos de adquisición.

El capítulo VIII nos regala una herramienta de tramitación de contratos menores, lo que viene a ser otro elemento de diferenciación de esta obra, pues incluye en un solo manual tanto el estudio de la figura del contrato menor como las instrucciones para su puesta en práctica, con detalle de la documentación a incorporar en el expediente del contrato menor, su tramitación, facturación y pago, así como la preceptiva publicación de información en el perfil del contratante.

Por último, el libro se completa con toda la recopilación de los informes que, en relación con el contrato menor, han emitido desde la entrada en vigor de la LCSP de 2017 hasta la fecha de edición la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, así como las de Andalucía, Aragón Canarias, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, País Vasco y Valencia.

La utilidad del contrato menor como herramienta de gestión queda, sin ningún género de duda, puesta de manifiesto en este manual que, como acertadamente expresa el director de la obra en su presentación, incluye “todo lo que hay que saber sobre el contrato menor con el fin de hacer una aplicación planificada, inteligente, estratégica, íntegra y de calidad de esta figura”.

Por todo lo expuesto, no puedo menos que recomendar su lectura a gestores públicos, profesionales de la contratación pública y académicos. Reflexionemos todos, como nos invitan a hacer sus redactores, sobre de dónde venimos y a dónde queremos ir con el contrato menor. Alejemos su conceptualización como un instrumento de fraude en la contratación pública y pensemos en utilizarlo como una herramienta al servicio de la eficiencia, siempre dentro de una perspectiva de integridad y estrategia en la contratación pública.