El defensor del pueblo europeo y los conflictos competenciales con las instituciones afines

Alejandro González-Varas Ibáñez

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Publicado: mar 21, 2002
Resumen

La aparición del Defensor del Pueblo Europeo en la escena del Derecho Comunitariol a raíz del Tratado de Maastricht ha significado adosar un nuevo mecanismo no jurisdiccional para la defensa de los derechos de los europeos junto a los previamente existentes: las comisiones temporales de investigación constituidas por el Parlamento europeo y el derecho a presentar peticiones ante el mismo Parlamento

Detalles del artículo

Palabras clave:
defensor del pueblo, conflictos competicionales, pueblo europeo, tratado de Maastricht, mecanismo no jurisdiccional, Parlamento×