El deber de conservación y la declaración del estado de ruina en la ley del suelo de Galicia: una visión jurisprudencial
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Publicado: mar 23, 2000
Número: Núm. 25 (2000)
Resumen
La declaración administrativa de ruina de una construcción o parte de ella supone, como es conocido, la eliminación del inmueble que se encuentra en tal situación y constituye un acto de disciplina urbanística, esto es, un medio a través del cual la Administración puede intervenir en la edificación y en el uso del suelo. La jurisprudencia del Tribunal Supremo se ha referido a esta facultad administrativa en reiteradas ocasiones, considerando que la intervención municipal de la declaración de ruina constituye una manifestación de la actividad de policía 1 y seguridad2 que la Ley de régimen local encomienda a los municipios, no estableciéndose en beneficio del propietario
Detalles del artículo
Palabras clave:
inmueble, ruina, propietario, ley del suelo de galicia, disciplina urbanística, tribunal supremo, expropiación
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