Algunas notas sobre el régimen jurídico de tasas y tarifas por el servicio de abastecimiento domiciliario de agua
Resumen
Las entidades locales pueden pagar el servicio público de suministro de agua domiciliaria mediante el establecimiento de una tarifa o cargo. La elección de uno u otro sistema de financiamiento determinará diferencias significativas en el régimen legal de la contraprestación pagada por el usuario del servicio, excepto por dos aspectos importantes: su sumisión al principio de reserva legal y su sujeción al IVA.
Detalles del artículo
Palabras clave:
tasa, tarifa, prestación patrimonial de carácter público, abastecimiento domiciliario de agua.
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