La prevención de la corrupción desde la gestión de los riesgos: una mirada a los conflictos de interés como riesgo transversal.
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La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (2006) impone a los estados signatarios el deber de establecer y fomentar prácticas para prevenir la corrupción. Sin perjuicio de dicha obligación, la lucha contra cualquier tipo de práctica que pueda desviar a las instituciones públicas de su objetivo, que es responder a su finalidad pública.
El lector encontrá una explicación de la prevención de la corrupción desde de la gestión de riesgos; propuesta de la Oficina Antifraude de Cataluña para las instituciones para garantizar su integridad y favorecer la confianza de la ciudadanía.También encontrará explicación de la metodología de gestión de riesgos para la integridad, y una propuesta de actuación sobre un riesgo en concreto: los conflictos de interés.