Estas directrices éticas, parcialmente inspiradas en el Committee on Publications Ethics (COPE) Best Practice Guidelines, pretenden constituir un código de buenas prácticas dirigido a los principales agentes implicados en la publicación de artículos científicos en las revistas de la EGAP: equipos editoriales, autores/as y evaluadores/as de los trabajos.

1. La editorial

Mantendrá el software actualizado y en condiciones de facilitar el proceso de envío, evaluación y publicación de los trabajos.

Asegurará la imparcialidad al gestionar los trabajos propuestos y el respeto a la independencia intelectual de sus autoras y autores. Los manuscritos enviados serán evaluados atendiendo exclusivamente a su contenido, sin tener en cuenta la raza, el género, la orientación sexual, la creencia religiosa, la adscripción política o la escuela filosófica de autoras y autores.

Velará por la confidencialidad de los trabajos. La identidad de estos no podrá ser revelada a otros actores que no sean los miembros autorizados de la editorial o de los órganos de la revista.

Podrá declinar la publicación de un trabajo por no cumplir los requisitos formales exigidos o por tratar una temática ajena a su ámbito.

2. Los evaluadores y las evaluadoras

La revista contará con una base de datos de evaluadoras/es de reconocido prestigio ajenos a la Comisión Editorial y a la entidad editora de la revista. Estos deben rehusar el encargo de valorar un trabajo si no se reconocen cualificados en el área temática del mismo o si no pueden asumir la evaluación dentro del plazo que establece la revista.

El objetivo y razonado informe de evaluación se remitirá por los medios informáticos establecidos. Las sugerencias de la evaluación deben perseguir la mejora del trabajo y serán remitidas a sus autores y autoras por los medios informáticos establecidos, omitiendo la identidad de las personas evaluadoras, las cuales deberán abstenerse de evaluar artículos cuando incurran en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, en relación con las autoras y autores del trabajo o con las instituciones de las que estos dependan.

3. Los autores y las autoras

Los autores y autoras deben enviar trabajos que presenten una investigación original sobre un tema claramente identificable. Los trabajos se remitirán a la revista por los medios informáticos establecidos. En el mensaje de remisión se identificará a todas las personas autoras del original, indicando los nombres y apellidos, código ORCID, correo electrónico, institución de adscripción y el país de esta. Asimismo, deberá indicarse que se conoce y acepta el contenido de la normativa por la que se rige la revista y de su código ético y de buenas prácticas, y que la versión del trabajo que envía no ha sido publicada ni se encuentra en proceso de publicación; de no hacerlo, se requerirá esta declaración, con apercibimiento de que, si no se remite en el plazo establecido, el trabajo no será tenido en consideración para su publicación.

Si se usan ideas de otros, deben ser claramente referenciadas; el plagio es una conducta inaceptable y su detección implica el archivo del trabajo o su retirada de la página web, si ya hubiera sido publicado.

En caso de coautoría, cada autor debería ser capaz de identificar de qué partes del trabajo son responsables los otros coautores y debe guardar confidencialidad de los diversos contenidos hasta que el artículo sea publicado.

El envío simultáneo del trabajo a otra publicación debe ser comunicado por sus autores/as a los miembros del equipo editorial para que se adopten las medidas oportunas. Los autores deberán hacer constar el posible conflicto de intereses entre las conclusiones de su trabajo y las fuentes de financiación de este.