Nuevo régimen del silencio administrativo en licencias urbanísticas

Francisco Javier Novoa Juiz

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Publicado: mar 22, 2013
Resumen

Este artículo busca recordar lo que se ha establecido como doctrina legal después de muchos cambios entre otros, el STS del 28 de enero de 2009 en relación con el sentido de silencio en las solicitudes de permisos de trabajo, y culminación de esta doctrina en el art. 23.2 del Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de julio, ya derogado por la Disposición derogatoria única de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación urbana, renovación y regeneración, que reza: "el La expiración del plazo máximo sin notificar la resolución expresa legitimará a la parte interesada que dedujo la solicitud entenderla despedida por el silencio administrativo

Detalles del artículo

Palabras clave:
licencia de obra, silencio administrativo, competencia autonómica en materia de urbanismo.