Algunas consideraciones sobre los planos provinciales de cooperación a servicios municipales
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Publicado: mar 20, 1993
Número: Vol. 1 Núm. 04 (1993)
Resumen
El modelo de organización territorial que se configura a partir de la Constitución española de 1978, consta de tres niveles: Estado, comunidades autónomas y Administración local (provincias y ayuntamientos). El Estado, dice el art. 137 de la Constitución española, se organiza territorialmente en ayuntamientos y provincias, y en las comuniddes autónomas que se constituyan.
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Palabras clave:
Planos, Ayuntamientos, Provincias, Constitución, Estado, competencias, Diputaciones, Administración, pública, provincial
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