Reprografía y administraciones públicas

Marta Malmierca Lorenzo

Contenido principal del artículo

Publicado: mar 23, 1999
Resumen

El derecho de autor forma parte del conjunto de expresiones de personalidad de las que no debe privarse al ser humano. Precisamente la protección del derecho de autor tiene como fin principal el reconocimiento de la propia persona. Pensemos que cuando hablamos de los derechos que integran la propiedad intelectual nos referimos no sólo a los derechos patrimoniales sino también a los derechos morales.

Detalles del artículo

Palabras clave:
derechos de autor, propiedad intelectual, derechos morales, derechos patrimoniales, protección de los derechos, Declaración Universal, Tratado OMPI sobre Derecho de Autor, poderes públicos promoverán y tutelarán, Derecho de reprodución, Ley de Propiedad Intelectual (LPI)