El acceso de los ciudadanos a los registros administrativos. El derecho de los concejales y diputados provinciales a acceder a la información y documentos de interés local
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Publicado: mar 23, 2000
Número: Vol. 1 Núm. 24 (2000)
Resumen
La Constitución aparece, pues, un principio básico para la articulación de las relaciones entre las distintas Administraciones públicas y los ciudadanos, cuyo objetivo es facilitar la publicidad de las entrañas administrativas, en los términos establecidos en la ley. Pero no queda ahí, pues ese principio se actúa mediante el reconocimiento a los ciudadanos de un derecho subjetivo, el de acceso a los registros y archivos administrativos que, por lo dicho, es un derecho de configuración legal. La Constitución se remite a la ley para la determinación del contenido de un derecho que ella se reduce a delimitar de modo negativo.
Detalles del artículo
Palabras clave:
artículo 105.b), Constitución, acceso, ciudadanos, archivos, registros administrativos, seguridad, Estado, delitos, intimidad, personas