Aspectos constitucionales del deber de colaboración con la administración tributaria mediante el suministro de datos de terceras personas

Miryam Martínez García

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Publicado: mar 23, 2000
Resumen

El actual Estado de Derecho dota a la Constitución no sólo de eficacia programática, sino también de eficacia jurídica. Este principio tiene su reflejo en el Derecho Tributario: los principios constitucionales trascienden al campo del derecho tributario y no sólo en su contenido informador, sino también en el material y formal. El conjunto de normas del llamado Derecho Tributario formal establece un repertorio de deberes de comportamiento a cargo de los sujetos pasivos y de terceros (entre los que se encuentra el deber de suministro de información) que deben de armonizarse con los principios, valores y derechos reconocidos por el Texto Constitucional (el derecho a la intimidad personal y otros conforme veremos)

Detalles del artículo

Palabras clave:
estado de derecho, constitución, texto constitucional, derecho a la intimidad, derecho tributario, derecho al honor, intimidad personal, familiar, imagen, Ley Fundamental de Bonn, Tribunal Constitucional, libre desarrollo de la personalidad