Competencias de las diputaciones provinciales en materia urbanística
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Publicado: abr 1, 1995
Número: Vol. 1 Núm. 10 (1995)
Resumen
La estructuración del modelo de Administración territorial que se configura, a partir de la Constitución de 1978, consta de tres grados: el Estado, las autonomías y las entidades locales gozando todas ellas de autonomía para la gestión de sus intereses. En este artículo el autor se va a centrar en las competencias de las diputaciones provinciales en materia urbanística; analizando sus presentes y también el futuro de las mismas.
Detalles del artículo
Palabras clave:
competencias, diputaciones, urbanística, legislación
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