La ley 4/1995, del 24 de mayo, de derecho civil de Galicia. Segunda parte: la protección del desaparecido, las formas de la agrupación familiar, las de la agrupación social y las comunidades de bienes en mano común

Baldomero Cores Trasmonte

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Publicado: abr 1, 1995
Resumen

En este artículo se desarrolla la Ley 4/1995 de derecho civil de Galicia, enunciada como "De la situación de ausencia no declarada". Partiendo del artículo 6 que dice que "en la situación de ausencia no declarada judicialmente, para los actos y negocios de administración que no admitan demora, el cónyuge no separado legalmente, los descendientes y también los ascendientes, por este orden, con capacidad jurídica plena, mayores de edad en relación con los de su grado, representarán al ausente mientras la citada situación permanezca; se tratan temas como la protección del desaparecido, las formas de agrupación familiar, social y las comunidades de bienes en mano común.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Ley, ausencia, derecho civil, elementos, agrupación social, familiar, derechos, comunidades, regulación, montes