Consideraciones sobre la problemática de la autonomía financiera de las cámaras legislativas. Referencia específica al Parlamento de Galicia

José María Ameijenda Cuns

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Publicado: mar 20, 2020
Resumen

La Constitución espalola de 1978 diseña un modelo de Estado que cualifica de social y democrático de derecho, que se basa esencialmente en los principios de distribución horizontal y vertical del poder político. La distribución horizontal es la consecuencia de haber asumido los constituyentes, incluso sin mencionarlo expresamente en el texto, la más tradicional concepción de la división de poderes, de tal manera que el legislativo, el ejecutivo y el judicial, si bien son independientes entre sí, se controlan respectivamente. La forma política adoptada responde al esquema del sistema parlamentario racionalizado, en el que el Gobierno se integra en el Parlamento y, a su vez, es elegido y depende de la confianza de las cámaras.

Detalles del artículo

Palabras clave:
problemática, autonomía financiera, cámaras legislativas, Parlamento de Galicia, Constitución Española 1978, cortes generales