La protección del patrimonio cultural desde el derecho urbanístico
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Este trabajo analiza en qué medida el derecho urbanístico constituye un marco jurídico suficiente para dotar a los inmuebles histórico-artísticos de la debida protección, al margen del régimen específico de la legislación de patrimonio cultural. En este sentido, la propia legislación urbanística otorga a los ayuntamientos sustanciales competencias para la defensa de los inmuebles con valor cultural ubicados en el término municipal. A diferencia de la normativa de patrimonio, que contempla su objeto de protección por su reconocido valor propio susceptible de ser transmisor de conocimientos de la historia de la humanidad, la urbanística lo considera un elemento más –junto con el agrario, forestal, natural, etc.– que da coherencia al medio en el que se encuentra.