Jornadas sobre la reforma del desempleo

Xosé Antón Barreiro Pereira

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Publicado: sep 1, 2003
Resumen

El artículo 41 de la Constitución española establece que los poderes públicos deberán garantizar un régimen público de presentaciones sociales, especialmente en el caso del desempleo. Aunque este principio está implícito en la normativa actual española, faltan mecanismos explícitos para ponerlo en marcha. Este mismo principio, que constituye un eje de referencia en la protección frente al desempleo, fue refrendado recientemente en las conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona.

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Palabras clave:
reforma, desempleo, protección, Estado, Ley, normativa